En la presente Guía, aprobada mediante Resolución MITIC Nº 699/2019, se establecen los criterios de seguridad mínimos que se debe contemplar en los requerimientos para el desarrollo y adquisición de software e implementaciones con software de terceros. Estos criterios mínimos de seguridad son aplicables al software desarrollado internamente por las instituciones públicas, adquirido de una empresa o desarrollador tercerizado y/o a través de donaciones a la institución.
MITIC impulsa el posicionamiento del Rally del Paraguay con una estrategia de comunicación integral
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