La SENATICs, como órgano rector de las políticas en materia de Tecnologías de la Información y Comunicación conforme lo dispone la Ley N˚4989/13, insta a que las instituciones públicas contemplen en sus Planes Operativos Institucionales, a través del Plan Tecnológico Institucional, aquellos aspectos que requieran ser ejecutados para alcanzar los objetivos señalados en los principales lineamientos vinculados a Tecnología, que esta Secretaría Nacional ha dictado en la materia.
El Decreto N˚7091/2017 establece asimismo en el Anexo – Artículo 16˚ numeral 8, que a efectos del cumplimiento del Decreto N˚6234/2016, los Organismos y Entidades del Estado (OEE) deberán incorporar en sus planes operativos y anteproyectos de presupuesto los productos y créditos presupuestarios necesarios para tal fin, e identificarlos con la etiqueta de Tecnología en el SPR.
Para la elaboración del Plan Tecnológico Institucional, teniendo en cuenta los lineamientos emitidos por la SENATICs, las instituciones podrán utilizar como base el siguiente esquema que contempla mínimamente los aspectos que deben ser tenidos en cuenta.