La identidad electrónica es un sistema de identificación desarrollado por el MITIC mediante la validación de datos del ciudadano a través del Sistema de Intercambio de Información. Constituye una identificación electrónica única para la realización de trámites, obtención de servicios y documentos que el Estado y otros sectores ofrecen en forma digital. También es utilizada por los funcionarios públicos para el inicio de sesión en los diversos sistemas internos de los OEE.
El MITIC autoriza la implementación de la Identidad Electrónica del ciudadano como medio de autenticación e identificación para el acceso a los sistemas/portales de los OEE y para el Portal Único de Gobierno, previa aceptación de los términos y condiciones definidos, si desea crear su Identidad Electrónica diríjase al siguiente enlace.
Mes/Año de lanzamiento de la Identidad Electrónica: Septiembre 2016
En el marco de la masificación de trámites y servicios en línea para el ciudadano, y la Resolución MITIC Nº 553 /2024, el MITIC autoriza la implementación de la Identidad Electrónica del ciudadano como medio
de autenticación e identificación para el acceso a los sistemas/portales de los OEE y para el Portal Único de Gobierno (www.paraguay.gov.py), previa aceptación de los términos y condiciones definidos.
Los siguientes lineamientos son de cumplimiento obligatorio por parte de los OEE:
- Es de cumplimiento obligatorio la implementación de la Identidad Electrónica como único medio de identificación, autenticación e interacción en los sistemas/portales gestionados, administrados o construidos por los OEE sean nuevos o existentes, propios, de terceros, internos o de cualquier otro tipo de clasificación independientemente del tipo de usuario (ciudadanos, funcionarios públicos u otros):
- Los sistemas existentes que ya cuenten con sus propios mecanismos de identificación electrónica y/o adicionales deberán implementar gradualmente la identidad electrónica.
- Para nuevos sistemas, la implementación de la identidad electrónica deberá ser inmediata.
- Los trámites gubernamentales digitales o en línea realizados por los OEE a través del Portal Único de Gobierno, también requerirán de forma obligatoria la utilización del servicio de identidad electrónica.
(*) Anexo “Lineamientos de Gobierno Electrónico – Item 2” de la Resolución MITIC 553 / 2024
“POR LA CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS DE GOBIERNO ELECTRÓNICO DEL MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN (MITIC) Y SE ABROGA LA RESOLUCIÓN MITIC N° 218/2020 “POR LA CUAL SE ACTUALIZAN LOS LINEAMIENTOS DEL PORTAL ÚNICO DE GOBIERNO Y TRÁMITES EN LÍNEA DEL MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN”

